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La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad en España, contemplada en el Código Penal, reservada para delitos de especial gravedad.

Esta fue aprobada en el 2015 con el respaldo del Partido Popular.

Delitos

Los delitos que se consideran especialmente graves son algunos como:

  • Asesinatos graves contra menores o personas vulnerables (que tengan una cierta discapacidad o enfermedad)
  • Asesinato derivado de un delito contra la libertad sexual de la víctima
  • Asesinato múltiple
  • Terrorismo
  • Homicidio del jefe del Estado o heredero
  • Homicidios de jefes de Estado extranjeros
  • Genocidio o de crímenes contra la humanidad

El parricida David Oubel fue el primero que sufrió esta condena tras el asesinato de sus hijas de 9 y 4 años en el 2015.

Pena

Esta acarrea entre 25 y 35 años de prisión, tras los cuales se revisaría la condena.

Si bien, la sentencia está sujeta a revisión una vez que se haya cumplido una buena parte de esta, a pesar de ello surge un problema. Esta pena incorporada al Código Penal, no se ha adaptado al sistema de cumplimiento de las condenas de la legislación penitenciaria, por lo que la revisión se puede producir a los 15 años. 

Si no se cumplen algunos requisitos para la libertad, el preso seguirá en prisión. El culpable  puede obtener una libertad condicionada sujeta a ciertas exigencias, una vez el tribunal vuelva a valorar el delito y sus circunstancias.

Si este tribunal considera que no se cumplen los requisitos para darse esa libertad condicional, se establecerá otra nueva revisión más adelante, si por el contrario el penado los cumple, se impondrían una serie de condiciones y medidas de control orientadas hacia la seguridad de la sociedad y hacia la reinserción de la persona que cometió el delito.

Luego tenemos los permisos de salida, estos se pueden solicitar a los 8 años, esto no quiere decir que se les conceda automáticamente, tiene que ser valorado.

La prisión permanente en otros países

En algunos países de Europa existen condenas similares. Por ejemplo, en Francia cuentan con la “perpetuidad irreductible” para asesinatos violentos o con agravantes, como que la víctima sea menor de 15 años.

Otro de nuestros vecinos, Portugal, abolió la cadena perpetua en el S.XIX, la máxima pena por ley es de 25 años. En Italia sí que existe la cadena perpetua, aunque a partir de los 26 años se puede solicitar la libertad condicional.

Reino Unido deja a sus jueces decidir en cada caso el periodo en el que el preso tiene derecho a la libertad condicional, pero en delitos muy graves se puede dictaminar la perpetua sin libertad condicional.

Por otro lado, Alemania desde el 2016 contempla que una vez cumplidos 15 años de cárcel el tribunal revise el caso, por lo que no se aplica como primera opción la prisión permanente.

Endurecimiento

Además de los delitos que ahora mismo se contemplan, el Gobierno quiere añadir más casos:

  • Por intento de ocultar el cadáver de una persona asesinada o por no colaborar en su hallazgo.
  • Secuestro que derive en asesinato.
  • Incendios en los que se ponga en peligro la vida de personas.
  • Determinados usos de elementos químicos o nucleares con resultado de muerte.

Por otro lado, Ciudadanos quiere que los reclusos que estén bajo esta sentencia, no tengan un gran acceso a beneficios penitenciarios. Proponen:

  • Que no puedan acceder al tercer grado hasta el cumplimiento de 20 años de prisión efectiva.
  • Que no disfruten de permisos de salida hasta un mínimo de 15 años.
  • Si el penado, ha sido condenado por otros delitos que suman 5, 15 o 25 años, la progresión a tercer grado requiera el cumplimiento de un mínimo de 22, 24 y 27 años de prisión efectiva, respectivamente.
  • Para el cálculo de los límites mínimos para acceder a este tercer grado se tendrá en cuenta la existencia de otras penas si el condenado pertenece a organización terrorista.

Oposición a esta condena

Como mencionábamos anteriormente, esta pena fue establecida por el PP, por lo que algunos partidos políticos se opusieron a este tipo de sentencias.

Consideran que atenta contra los principios constitucionales de reinserción social y reeducación de los delincuentes. Contando con el apoyo del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que tampoco está de acuerdo con esta medida.

Es por ello, que en octubre del año pasado, el PNV tramitó una proposición de ley que anula la prisión permanente revisable.

Tras el asesinato de Diana Quer, este tema se avivó. Los padres de algunas víctimas de asesinatos emprendieron una campaña a través de Change.org para recoger firmas en contra de la derogación de la prisión permanente revisable, llegando a contar casi con 3 millones de firmantes a día de hoy.

A pesar de ello el 15 de Marzo de este 2018, se celebró un pleno en el Congreso para debatir este asunto.

Finalmente se rechazaron las proposiciones del PP y Ciudadanos y tras una votación, sigue en pie la derogación de la prisión permanente revisable tras los votos a favor de PNV, el PSOE, Unidos Podemos, Compromís y Bildu.

Este como tantos otros es un tema muy delicado y controversial, y vosotros ¿estáis a favor o en contra de su derogación?

Fuentes:

El periódico , La vanguardia, El país

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