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Antes de proporcionar información sobre los ERE, debemos primeramente definir que son los Expedientes de Regulación de Empleo en el que entran en juego factores del ámbito económico, financiero, y por supuesto laboral.

El ERE se puede definir como una herramienta de despido, principalmente causada por el mal estado económico de la empresa, no del sector, que hace frente a ello reduciendo la plantilla considerablemente.

Presentar un ERE no es algo que ocurra a la ligera sino que se deben dar ciertas causas económica, técnicas, organizativas o de fuerza mayor. Esto suele darse en periodos de crisis ya que la empresa no pasa por un buen estado financiero y se ve obligado a reducir plantilla.

A continuación os hablaremos de los tipos que existen, las causas que han de darse, procedimientos y demás información.

Tipos de ERE

Generalmente se suele pensar en el despido absoluto pero existen varios tipos de expedientes de regulación de empleo:

  • ERE de reducción de jornada. Como su nombre indica se establece un nuevo calendario laboral donde se reduce la jornada, ya sean horas en el día o  días en la semana laboral.. El trabajador no pierde su empleo pero tiene que trabajar menos horas o menos días.
  • ERE de suspensión. En este caso, el calendario señalará días en los que no haya actividad laboral directamente. Parte o toda la plantilla habrá ciertos días que sean  “mandados a casa”.
  • ERE de extinción. Se trata de un despido colectivo que supone  la finalización definitiva de la relación laboral entre la empresa y un porcentaje de los trabajadores.

También existen los ERTE que es un ERE pero temporal, es decir se pueden dar los 3 tipos que hemos comentado pero no es una medida perpetua.

¿Cuándo un despido colectivo se considera ERE?

Es considerado ERE, aparte de cuando se despide a toda la plantilla, cuando en un período de 90 días, se despida:

  • Diez trabajadores, en empresas de menos de 100 trabajadores.
  • El 10%de los trabajadores en empresas de entre 100 y 300.
  • 30trabajadores en empresas que sean de 300 o más.
  • Despido de toda la plantilla en empresas con más de 5 trabajadores, como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial.

Causas para presentar un ERE

Ya hemos comentado que no es fácil presentar un ERE ya que estos se regulan mediante el Estatuto de los Trabajadores, artículo 51, en el que aparecen las causas para que una empresa pueda acogerse:

  • Causas económicas.Son tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas, es decir, cuando se dé una situación económica negativa. Se considerará esta disminución cuando durante 3 trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre, es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
  • Causas técnicas. Cuando se pruebe que existen cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; por ejemplo: un excedente de mano de obra.
  • Causas organizativas. cuando se produzcan cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.
  • Causas productivas. Cuando ocurran cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

¿Cómo se tramita un ERE?

La tramitación de un ERE se debe solicitar  ante la Autoridad Laboral, puede ser solicitado tanto por la empresa como por los trabajadores si consideran que con ello van a poder evitar un perjuicio mayor.

Es un proceso que se divide en tres etapas:

  • Consulta. Una vez que se decide a proceder al ERE, la empresa se reunirá con sus trabajadores para negociar durante 30 días, salvo en las empresas con menos de 50 trabajadores, caso en el que el periodo se reduce a 15 días.
  • Autorización administrativa. El siguiente paso es enviar el expediente de regulación a la autoridad laboral competente para su evaluación. En este paso se deben presentar varios documentos, entre ellos: el impreso de solicitud del ERE, el resultado de la reunión con los empleados, la memoria de causas y motivos, los trabajadores afectados por el ERE, el plan de medidas adoptadas para evitar el ERE y los documentos acreditativos de la situación económica de la empresa, etc…
  • Resultado del ERE. La autoridad revisa la documentación, dando a la empresa 10 días para subsanar errores, además de comenzar una inspección de trabajo. En total, el proceso  de resolución no puede alargarse más allá de 15 días naturales.

Finalmente, una vez resuelto y se haya producido la comunicación, la empresa podrá notificar a los trabajadores del veredicto.

Cabe recalcar, que los ERE están sujetos a un mayor control que un despido individual además de incluir un mayor factor de negociación colectiva y revisión.

Si necesitas más información o necesitas un abogado laboralista, o consultar cualquier tema de carácter laboral, puedes contactar con GESYS sin compromiso.

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