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España es el cuarto país de la Unión Europea con mayor tasa de divorcio, hablando de números, alrededor de 160.000 parejas que se divorcian o separan a lo largo de un año, a todo esto hay que sumarle que la mitad, 80.000 de estas parejas, cuentan con al menos un animal de compañía en su hogar. Gracias a estos datos sabemos que tienen gran presencia las mascotas en un divorcio o separación.

Hace unos cuantos meses atrás los animales eran considerados como un «objeto´´ más que puede ser embargado a su dueño como si fuera un coche o un piso, pero el pasado martes 12 de diciembre del 2017 se aprobó en el Congreso de Diputados la ley por la que los animales pasarán de ser considerados “bienes muebles” a ser considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”, dentro del artículo 333 del Código Civil.

En cuanto a la custodia de las mascotas se asemeja a la de los niños, debido que existe un régimen de guarda y custodia y se pueden dar varios casos:

  1. Llegar a un mutuo acuerdo: llegar a un acuerdo entre ambas partes ya sea para tener una custodia compartida o se lo quede una de las partes, sin tener que llegar a la vía judicial, ya que de este modo se evitaría muchos gastos derivados del juicio, pérdida de tiempo, nervios, estrés…
  2. Custodia compartida : se da cuando no se ha llegado a ningún acuerdo entre las partes y en la que una de ellas quiere la custodia exclusiva de la mascota y la otra no. En este caso el animal podría ser propiedad de ambos cónyuges, quedando un régimen de visitas y la manera en la que será cuidado de él en adelante.
  3. Custodia exclusiva: se produce cuando una de las partes o ambas desean tener la custodia absoluta de la mascota,. Esta es la situación más complicada de sobrellevar sobre todo para una de las partes, debido que solo uno obtendrá la custodia exclusiva del animal a cambio de una compensación económica para la otra parte que se quede sin el.

En el caso de que haya un menor de por medio la custodia de la mascota será concedida a la parte en la que recaiga la custodia del menor, debido que se establece que la mascota acompañaría siempre al menor y siendo así, los gastos de manutención serán abonados por los dos progenitores a partes iguales.

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